domingo, 5 de mayo de 2013

NUEVOS LINEAMIENTOS EN LAS INSPECCIONES QUE REALIZARA LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN LAS EMPRESAS


Me parece una información muy importante queme permito compartir con ustedes.

En charla realizada ayer en la Inspectoría de Trabajo de  la calle Michelena (Valencia); se dieron a conocer los nuevos lineamientos del área laboral que serán considerados en las inspecciones que se iniciaran a partir del 01/05/2013.

  
1.        Identificación del Centro de Trabajo en un Área visible: Nombre de la Empresa y Rif. 
  
2.        Avisos en sitios visibles: Gaceta Oficial No. 39.627 del 02 de Marzo de 2011 exigido por el Minppps (Ambiente 100% libre de humo de tabaco), Articulo No. 8 de la Ley Orgánica contra la Discriminación de cualquier índole, Gaceta Oficial No. 39.928 exigido por MIJ (Prohibido el Uso de Armas de Fuego). 
  
3.         Cartelera Informativa donde se encuentren visibles todas las solvencias de las Obligaciones Parafiscales. 
  
4.        Índices de Accidentabilidad. 
  
5.        La empresa deberá tener una carpeta que contenga la siguiente documentación
  
Información disponible y a la vista para Inspecciones del Ministerio del Trabajo a partir del 01 Mayo 2013:

a)     Registro Mercantil 
b)    RIF 
c)     NIL 
d)    Ultima Declaración Trimestral 
e)     No. de Aportante INCES y Ultimo Pago Trimestral 
f)      Cedula Patronal IVSS 
g)     Ultimo Pago SSO y Solvencia Vigente 
h)    No. de Afiliación FAOV, Solvencia y ultimo Pago. 
i)      Listado de Personal Activo 
j)      En caso de existir contratistas, cooperativas o similares se debe presentar el Contrato de Servicios. 
k)    Ficha informativa por cada trabajador. (VER FORMATO ANEXO) 
l)      En caso de que el trabajador sea contratado se debe anexar a la ficha del trabajador, y este deberá indicar el tipo de contrato. (Por Obra Determinada; por Tiempo determinado) 
m)  En caso de que el trabajador sea Discapacitado se debe anexar el registro de Conapdis, la forma Cdp 003-14 (Evaluación médica Certificada) y copia del Carnet que lo identifica como discapacitado. 
n)    En caso de existir trabajadoras embarazadas se debe mantener en la carpeta el ultima eco realizado o si la trabajadora ya esta de reposo Pre o Post- natal se incluirán solo los reposos emitidos por el IVSS. 
o)     En caso de existir trabajadores con enfermedades ocupacionales se debe anexar las evaluaciones médicas correspondientes. 
p)    En caso de existir Aprendices Inces se debe incluir la ultima evolución realizada por la institución (INCES) 
q)    Plan de Recreación y Esparcimiento. 
r)     Plan de Formación para los trabajadores. 
s)     Lista del Personal Egresado durante el ultimo Trimestre. 
  
Otras informaciones de interés:   
  
1.        La declaración Trimestral através del Portal continuará suspendida hasta nuevo aviso.  Se conoció que las futuras declaraciones solo se realizaran en el Portal y allí mismo se emitirá un certificado de aprobación. 
  
2.        La Solvencias Laborales se realizarán de la manera tradicional, es decir se solicita através del portal, se espera la finalización y se entregan los recaudos en la Inspectoría. 
  
3.        Con respecto a los horarios se debe emitir una carta solicitando la aprobación del horario; y esperar a que llegue el correo electrónico del Ministras aprobando el horario. Los carteles se fijaran en lugares visibles de la empresa una vez recibida la aprobación. (IMPORTANTE SEGUIR EL PROCEDIMIENTO DE LA INSPECTORIA DEL TRABAJO)

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