Pero
también la jurisprudencia venezolana ha sumado su aporte a fin de establecer
criterios respecto a aquellos casos en los que debe determinarse qué porción
del salario (para el caso del salario mixto) debe garantizar el salario mínimo,
ello así tenemos en sentencia N° 1438 del 1° de octubre de 2009, caso: Carlos
Eduardo Chirinos Castellanos contra Desarrollos Hotelco C.A., esta Sala
estableció lo siguiente:
En
relación con el salario mínimo, quedó establecido que el demandante devengaba
una salario mensual compuesto por una parte fija establecida con antelación por
las partes en la cantidad de trescientos veintiún mil doscientos treinta y
cinco bolívares con veinte céntimos (Bs. 321.235,20), y otra variable
determinada en razón de cuatro (4) puntos diarios que le correspondían en la
distribución del porcentaje sobre el consumo cobrado a los clientes y; que a
partir del 1° de mayo de 2007 la parte fija fue incrementada a la cantidad de
trescientos cuarenta y cinco mil doscientos sesenta y dos bolívares (Bs.
345.262) mensuales.
Asimismo,
dejó sentado la Sala que sólo la porción básica estipulada de antemano por las
partes debe ser considerada a los efectos de determinar sí se ha cumplido o no
con el límite del salario mínimo en los términos establecidos en el artículo
129 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Ahora,
para la fecha en que se celebró el contrato de trabajo, esto es, el 1° de
agosto de 2006 el salario mínimo vigente era la cantidad de quinientos doce mil
trescientos veinticinco bolívares (Bs. 512.325), y para el 1° de mayo de 2007
era la cantidad de seiscientos catorce mil setecientos noventa bolívares (Bs.
614.790). Siendo así, resulta evidente que la parte fija del salario devengado
por el demandante es inferior al salario mínimo establecido por la autoridad
competente, lo cual, a la luz de la interpretación que hace esta Sala del
artículo 129 de la Ley Orgánica del Trabajo, no está permitido; de manera que
la demandada no cumplió con el pago del salario mínimo, por tal razón está
obligada a pagar al demandante la diferencia entre el salario mínimo vigente
durante la relación de trabajo y lo establecido en el contrato como salario
base. Así se decide. (Subrayado de la Sala)
Tal
criterio jurisprudencial ha sido ratificado por esta Sala en sentencias Nos.
1716, 1154 y 0040 de fechas 6 de noviembre de 2009, 23 de octubre de 2012 y 14
de marzo de 2013, respectivamente, las cuales han sido contestes en establecer
que en los casos de salario mixto, la porción fija del mismo, no puede ser
inferior al salario mínimo decretado por el Ejecutivo Nacional.”
Sala:
Sala de Casación Social
No.:
0961
Fecha:
28/07/2014
Partes:
MARÍA CRISTINA ARCE CASTRO, contra la sociedad mercantil REPRESENTACIONES
VENUSCOL, C.A.
Magistrada
Ponente: CARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
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