domingo, 5 de mayo de 2013

NUEVOS LINEAMIENTOS EN LAS INSPECCIONES QUE REALIZARA LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN LAS EMPRESAS


Me parece una información muy importante queme permito compartir con ustedes.

En charla realizada ayer en la Inspectoría de Trabajo de  la calle Michelena (Valencia); se dieron a conocer los nuevos lineamientos del área laboral que serán considerados en las inspecciones que se iniciaran a partir del 01/05/2013.

  
1.        Identificación del Centro de Trabajo en un Área visible: Nombre de la Empresa y Rif. 
  
2.        Avisos en sitios visibles: Gaceta Oficial No. 39.627 del 02 de Marzo de 2011 exigido por el Minppps (Ambiente 100% libre de humo de tabaco), Articulo No. 8 de la Ley Orgánica contra la Discriminación de cualquier índole, Gaceta Oficial No. 39.928 exigido por MIJ (Prohibido el Uso de Armas de Fuego). 
  
3.         Cartelera Informativa donde se encuentren visibles todas las solvencias de las Obligaciones Parafiscales. 
  
4.        Índices de Accidentabilidad. 
  
5.        La empresa deberá tener una carpeta que contenga la siguiente documentación
  
Información disponible y a la vista para Inspecciones del Ministerio del Trabajo a partir del 01 Mayo 2013:

a)     Registro Mercantil 
b)    RIF 
c)     NIL 
d)    Ultima Declaración Trimestral 
e)     No. de Aportante INCES y Ultimo Pago Trimestral 
f)      Cedula Patronal IVSS 
g)     Ultimo Pago SSO y Solvencia Vigente 
h)    No. de Afiliación FAOV, Solvencia y ultimo Pago. 
i)      Listado de Personal Activo 
j)      En caso de existir contratistas, cooperativas o similares se debe presentar el Contrato de Servicios. 
k)    Ficha informativa por cada trabajador. (VER FORMATO ANEXO) 
l)      En caso de que el trabajador sea contratado se debe anexar a la ficha del trabajador, y este deberá indicar el tipo de contrato. (Por Obra Determinada; por Tiempo determinado) 
m)  En caso de que el trabajador sea Discapacitado se debe anexar el registro de Conapdis, la forma Cdp 003-14 (Evaluación médica Certificada) y copia del Carnet que lo identifica como discapacitado. 
n)    En caso de existir trabajadoras embarazadas se debe mantener en la carpeta el ultima eco realizado o si la trabajadora ya esta de reposo Pre o Post- natal se incluirán solo los reposos emitidos por el IVSS. 
o)     En caso de existir trabajadores con enfermedades ocupacionales se debe anexar las evaluaciones médicas correspondientes. 
p)    En caso de existir Aprendices Inces se debe incluir la ultima evolución realizada por la institución (INCES) 
q)    Plan de Recreación y Esparcimiento. 
r)     Plan de Formación para los trabajadores. 
s)     Lista del Personal Egresado durante el ultimo Trimestre. 
  
Otras informaciones de interés:   
  
1.        La declaración Trimestral através del Portal continuará suspendida hasta nuevo aviso.  Se conoció que las futuras declaraciones solo se realizaran en el Portal y allí mismo se emitirá un certificado de aprobación. 
  
2.        La Solvencias Laborales se realizarán de la manera tradicional, es decir se solicita através del portal, se espera la finalización y se entregan los recaudos en la Inspectoría. 
  
3.        Con respecto a los horarios se debe emitir una carta solicitando la aprobación del horario; y esperar a que llegue el correo electrónico del Ministras aprobando el horario. Los carteles se fijaran en lugares visibles de la empresa una vez recibida la aprobación. (IMPORTANTE SEGUIR EL PROCEDIMIENTO DE LA INSPECTORIA DEL TRABAJO)

martes, 30 de abril de 2013

ENTRADA EN VIGENCIA DEL NUEVO HORARIO DE TRABAJO

En la actualidad existe una seri confusión en cuanto a la entrada en vigencia del nuevo horario de trabajo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras. Muchas personas aseguran que entrará en vigencia el próximo 7 de mayo, pero al leer el artículo 557 de las Disposiciones transitorias dice lo contrario. Transcribo el mencionado artículo: "La jornada establecida en esta Ley entrará en vigencia AL AÑO DE SU PROMULGACIÓN. Durante este lapso las entidades de trabajo organizarán sus horarios con participación de los trabajadores y trabajadoras, y consignarán los horarios de trabajo en las Inspectorías del Trabajo de su jurisdicción, a los efectos legales correspondientes..."

En este caso la Ley es muy clara. Si la norma fue PROMULGADA el 30 de abril del año 2012, quiere decir que el nuevo horario ENTRARÁ EN VIGENCIA EL 1ro DE MAYO DEL 2013, y no el 7 de mayo, ya que en esta fecha SE PUBLICÓ en la Gaceta Oficial dicha estamento jurídico. Entonces hay que tomar en cuanta lo aquí expuesto. Hay que recordad que el artículo 525 ejusdem, establece las sanciones por el incumplimiento de de la jornada, el cual transcribo textualmente: "Al patrono o patrona que infrinja las normas relativas a la duración máxima de la jornada de trabajo y al trabajo nocturno, o las disposiciones relativas a los días hábiles, se le impondrá una multa no menor del equivalente a treinta (30) unidades tributarias, ni mayor del equivalente a sesenta (60) unidades tributarias".

También es importante destacar que el nuevo horario de trabajo debe ser aceptado por los Trabajadores y Trabajadoras y deberán firmar en señal de conformidad la notificación que el patrono realizará ante la Inspectoría del Trabajo. 

Si tienen alguna duda al respecto pueden consultarnos su inquietud. Estamos a sus gratas ordenes.

CARLOS TUDARES T.

viernes, 29 de marzo de 2013

ESPAÑA, LÍDER EUROPEO EN COMERCIO ELECTRÓNICO


El estudio elaborado por Forrester sobre el comercio electrónico abre una vía de optimismo al e-commerce en Europa en general, y en España en particular. Nuestro país será el mercado europeo que experimentará un mayor crecimiento del comercio electrónico hasta 2017, con una tasa de crecimiento del 18% anual, llegando a los 9.100 millones de euros.
El continente europeo también verá crecer el comercio electrónico en los próximos cuatro años. El informe de Forrester, reflejado por Emprendedores.es, vaticina que Europa alcanzará los 191.000 millones de euros en ventas en 2017. De esta forma, nuestro continente liderará el mercado mundial del e-commerce.

Los consumidores van asumiendo progresivamente las ventajas de la compra por Internet y a través de dispositivos móviles, de manera que el e-commerce se está convirtiendo en una parte fundamental de nuestra economía.
Entre las causas de este incremento de las compras online están el ahorro de tiempo y dinero, la comodidad y la posibilidad de encontrar productos no disponibles en tiendas físicas. Los consumidores, además, reclaman cada vez más una experiencia de compra adaptada a su perfil y sus necesidades.
Por ello, los próximos años no sólo serán un escenario de crecimiento, sino también de cambio en la estrategia de comercio electrónico cara al futuro. Los principales puntos de esta estrategia tendrán en cuenta la compra multicanal, la puesta en común de experiencias a través de las redes sociales y la importancia de los usuarios que son a la vez consumidores y productores de contenidos.